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Reclamación por caídas en la vía pública y en establecimientos
Si la caída se debe al mal estado del lugar, quien lo mantiene debe indemnizarte.
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Una baldosa suelta, un bache o un suelo recién fregado pueden provocar fracturas y semanas de baja. Si la caída se debe al mal estado del lugar, quien lo mantiene debe indemnizarte. Te ayudamos a demostrarlo y a reclamar.
Consultar mi caso por WhatsApp · Llamar al 679 90 91 47
A quién se reclama
| Dónde fue la caída | A quién se reclama |
|---|---|
| Acera, calzada, parque o mobiliario urbano | Ayuntamiento u organismo responsable del mantenimiento |
| Supermercado, tienda, bar u hotel | El establecimiento y su seguro de responsabilidad civil |
| Portal, garaje o zona común | La comunidad de propietarios y su seguro |
| Transporte público | La empresa de transporte y su seguro |
Las pruebas que marcan la diferencia
- Fotos del lugar exacto y del defecto, a ser posible con algo que indique el tamaño.
- Datos de testigos.
- Informe de urgencias del mismo día.
- Si fue en un local, la hoja de reclamaciones o el parte del propio establecimiento.
- Si fue en la calle, el aviso a la Policía Municipal o al 010.
Plazos
Por lo general hay un año para reclamar, contado desde la curación o la estabilización de las lesiones. Si la reclamación es a una Administración, se tramita por la vía de responsabilidad patrimonial y conviene preparar bien el expediente desde el principio.
¿Hablamos? No pierdas el plazo para reclamar tu indemnización.
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