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Reclamación por caídas en la vía pública y en establecimientos

Si la caída se debe al mal estado del lugar, quien lo mantiene debe indemnizarte.

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Una baldosa suelta, un bache o un suelo recién fregado pueden provocar fracturas y semanas de baja. Si la caída se debe al mal estado del lugar, quien lo mantiene debe indemnizarte. Te ayudamos a demostrarlo y a reclamar.

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A quién se reclama

Dónde fue la caída A quién se reclama
Acera, calzada, parque o mobiliario urbano Ayuntamiento u organismo responsable del mantenimiento
Supermercado, tienda, bar u hotel El establecimiento y su seguro de responsabilidad civil
Portal, garaje o zona común La comunidad de propietarios y su seguro
Transporte público La empresa de transporte y su seguro

Las pruebas que marcan la diferencia

  1. Fotos del lugar exacto y del defecto, a ser posible con algo que indique el tamaño.
  2. Datos de testigos.
  3. Informe de urgencias del mismo día.
  4. Si fue en un local, la hoja de reclamaciones o el parte del propio establecimiento.
  5. Si fue en la calle, el aviso a la Policía Municipal o al 010.

Plazos

Por lo general hay un año para reclamar, contado desde la curación o la estabilización de las lesiones. Si la reclamación es a una Administración, se tramita por la vía de responsabilidad patrimonial y conviene preparar bien el expediente desde el principio.

¿Hablamos? No pierdas el plazo para reclamar tu indemnización.

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